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Para la exploración y barrenamiento que realiza la empresa Minera Frisco SA de CV, en Tetela de Ocampo, no es necesario que cuente con el manifiesto de impacto ambiental, ya que la actividad se encuentra bajo la Norma Oficial Mexicana NOM-120-SEMARNAT-2011.


Esta documentación sólo es necesaria para cuando la empresa requiera iniciar operaciones y extraer minerales, indicó el delegado en Puebla de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en (Semarnat), Carlos Albicker Albicker.


Sin embargo la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), delegación en Puebla emplazó a la empresa para que la tercera semana de julio rinda informe del proyecto de exploración que ejecuta en ese municipio para saber si cumple con las autorizaciones que establece la ley, después de que recibió una denuncia ciudadana.


Al respecto el subdelegado de Gestión para la Protección Ambiental y Recursos Naturales, José Luis Huerta, explicó que el manifiesto de impacto ambiental debe incluir la descripción del proyecto, su desarrollo, el lugar de realización y bajo qué condiciones, así como exponer las características físicas y ambientales para realizar una vinculación con los lineamientos aplicables.


Por lo que explicó que a partir de los estudios de impacto ambiental se pueden establecer las medidas de mitigación para saber si son viables, “el trabajo es hacer un balance, sí es mayor el impacto y no es posible mitigar, el proyecto deberá pronunciarse en un sentido o en otro”.


Destacó que la empresa minera debe cumplir con los términos de ley, pero que en el caso de la exploración, la ley exenta del requisito de impacto ambiental, ya que no es un área natural protegida y que está bajo lo establecido en la Norma Mexicana 120.


En cuanto a la inconformidad de los habitantes de Telela por las posibles afectaciones que ocasionaría la empresa, comentó que la dependencia ha recibido al presidente municipal, Marco Antonio Uribe y a varias personas para atender su inconformidad.


El funcionario federal señaló que hay un plazo de cinco días después de que se reciba el manifiesto de impacto para que cualquier ciudadano pueda solicitar una consulta pública.


El costo estimado de la recepción del manifiesto de impacto ambiental oscila entre los 26 mil y 52 mil pesos.

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