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> Ni empresa ni sindicato deberán presionar a trabajadores: STPS

El Heraldo de Chihuahua

29 de mayo de 2013


Jesús Manuel Ruiz

Chihuahua, Chihuahua.- Los ochocientos empleados de la compañía minera Frisco de San Francisco del Oro decidirán mañana mediante votación si levantan la huelga; si 401 deciden volver al trabajo, la huelga deberá disolverse.

El secretario de Trabajo y Previsión Social, Fidel Pérez Romero, informó que “ni la empresa, ni el sindicato podrán intervenir, ni presionar a ningún trabajador de la mina de Frisco en San Francisco del Oro o de lo contrario infringirán la ley, los derechos de los trabajadores deberán de quedar salvos”, ante la votación que en una cuantas horas se celebrará en las instalaciones de la mina en donde los empleados decidirán si se reanuda el trabajo o no.

La plantilla laboral es de 800 empleados, por lo que si 401 deciden que se reanude el trabajo, la huelga se deberá de disolver.

Cabe recordar que la empresa propuso dar un aumento de 6% a salario y 1.3% a prestaciones basado en los acuerdos a los que se había llegado en otras unidades mineras en el país y de acuerdo a lo que este mismo sindicato había convenido con otras empresas en el sector.

La respuesta de los líderes ante esta propuesta fue negativa, argumentando adicionalmente su inconformidad ante el reparto de utilidades de este año.

En ese momento se manifestó a la empresa una exigencia de recibir un aumento de 8% al salario y 4% a prestaciones, así como un pago de compensación por reparto de utilidades superior en promedio a 65 mil pesos por trabajador.

Estas condiciones fueron consideradas como inaceptables por la empresa, por esa causa se inició la huelga.

Actualmente se investiga si dicho estallido a la huelga fue sometido a votación en la asamblea sindical y si los líderes sindicales no transmitieron a sus agremiados la propuesta de la empresa.

Lo anterior a una serie de irregularidades que se han descubierto, como es el que al momento del paro de labores, personal sindicalizado continuaba haciendo sus funciones dentro de la unidad y que posterior a éste personal sindicalizado había continuado entrando a la unidad y que la huelga se dio posterior a la hora señalada, que era a las 12:00 horas del 15 de mayo.

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